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Página actualizada el día 9 de junio de 2006

Lingüística

 

Sintaxis – Los verbos de movimiento

 

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Verbos de movimiento

 

Tradicionalmente se ha considerado que los verbos que expresan el movimiento que realiza alguien o algo, como ir, venir, salir, entrar, etc. son intransitivos; que subir, bajar, etc. son unas veces transitivos y otras intransitivos (subir algo/subir a un sitio) y que meter, sacar, etc. son transitivos. Ahora bien, todos estos verbos requieren muchas veces complementos obligatorios: ir a un sitio, salir de un sitio, entrar en un sitio, etc. Dado que expresan lugares, se ha considerado que estos complementos son circunstanciales y por ello se dice que en salir a la calle, salir actúa como intransitivo. Pero una característica fundamental de los complementos circunstanciales es la de no ser requeridos por el verbo, condición que no se cumple en el caso de muchos de los verbos de movimiento.  Por decirlo de otro modo, los verbos de movimiento pueden exigir un argumento (¿?), dos (D. Hermógenes cayó al pozo, Cunegunda salió de casa) o tres (Juliancito fue desde la panadería hasta la estación).

  • Hoy en día parece más lógico considerarlos similares a los verbos de régimen o de suplemento por el hecho de que, independientemente de que sus complementos expresen lugar, son requeridos por el verbo y van dotados de una preposición regida por éste: salir DE, entrar EN, venir DE, etcétera.
  • Es cierto que pueden aparecer sin complemento, pero los casos en que esto sucede son equiparables a los que se presentan con los verbos transitivos y los de suplemento: ¡Sal ahora mismo! ¡Escucha! ¡Acuérdate! <-> ¡Sal DE AQUÍ ahora mismo! ¡Escucha LO QUE TE DIGO! ¡Acuérdate DE LO QUE ME HICISTE!
  • Otro argumento en contra de que estos complementos sean “suplementos” podría ser el que son conmutables por adverbios de lugar: entrar EN UN SITIO / ALLÍ, pero si bien esto no siempre sucede (no parece claro que podamos decir, por ejemplo, ?salir allí, sino salir HACIA allí), los adverbios que se emplean son pronominales y funcionan de manera semejante a como lo hacen los pronombres en el caso de los CD (vi a Julia / vi a esa).  Aunque en estos casos no tengamos un SP sino un SAdv (no cumplirían, en consecuencia, con las condiciones para ser “suplementos”, pese a la evidente equivalencia funcional –no categorial- que se da entre adverbios y SSPP), siguen siendo complementos regidos.

En consecuencia, parece correcto incluir a los verbos de movimiento en un grupo especial dentro de los verbos de régimen (de suplemento) que se caracterizaría por requerir "suplementos circunstanciales de lugar".

 

 

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